El principio de oportunidad entre la Fiscalía y Alejandro Lyons se fijó por los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Por vía tutela, la Corte Suprema de Justicia tumbó el principio de oportunidad en favor de Alejandro Lyons, ex gobernador de Córdoba, por violación al debido proceso. Puntualmente, la decisión responde a que no se tuvo en cuenta como víctima a la Gobernación de Córdoba y, por lo tanto, se debe repetir la audiencia.
La decisión fue tomada por los magistrados Fernando Castro, Luis Antonio Hernández y José Luis Barceló.
El principio de oportunidad entre la Fiscalía General de la Nación y el exgobernador se fijó por los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Bajo este principio de oportunidad, Lyons era investigado por los delitos anteriormente mencionados a cambio de servir de testigo y ofrecer información sobre los hechos de corrupción que involucran a magistrados, abogados y congresistas.
El principio de oportunidad se había fijado por un periodo de un año.