La entidad también recibió una advertencia de incumplimiento a fallos de la Corte Constitucional.
La Procuraduría General de la Nación pidió suspender las corralejas que se tienen previstas para este 20 de enero en Sincelejo (Sucre), por falta de garantías de seguridad para la realización del evento y dificultades en los protocolos de bioseguridad ante la gran afluencia de público en medio de la pandemia por la covid-19.
A través de un oficio enviado al alcalde del municipio, Andrés Eduardo Gómez, la Procuraduría señaló que luego de un estudio concluyeron que el evento podría ser improvisado y podría poner en riesgo la vida de las personas que asisten.
“No acreditó los niveles de alistamiento y planeación requeridos para la realización de la “Corraleja 2022”, de acuerdo con lo establecido por las normas vigentes en materia de Gestión del Riesgo de Desastre, para eventos con afluencia masiva de público”, dice uno de los apartes del documento.
La Procuraduría también dijo que la Alcaldía de Sincelejo no programó un Plan de Manejo de Trafico “para las vías de acceso al escenario, que no había agentes suficientes con la capacitación exigida por la ley y que la obligación de aportarlos era de la administración municipal”.
Esa entidad concluyó que “no se cumplen las condiciones de seguridad mínimas que exige un evento de esta magnitud” y le advirtió al alcalde que “no debió haberse expedido una autorización a escasas horas de su inicio, por el alto riesgo que su realización improvisada implica para la seguridad, vida e integridad de los participantes”.
Cabe mencionar que hace unos días la Procuraduría recibió una queja y petición de investigación disciplinaria por las corralejas, por parte de la exconcejal y activista de los derechos de los animales, Andrea Padilla.
En ese sentido, Padilla advirtió que si el evento se realiza se estaría incumpliendo con una orden judicial de la Corte Constitucional, que en el 2010 prohibió los espectáculos con animales que les causen sufrimiento.
“Las corralejas que posiblemente serán autorizadas no incluyen medidas para proteger a los animales contra el sufrimiento y el dolor. En la sentencia C-666 de 2010, la Corte Constitucional decidió que la práctica de actividades de entretenimiento con animales es constitucional, siempre y cuando se entienda que estos deben, en todo caso, recibir protección especial contra el sufrimiento y el dolor durante el transcurso de esas actividades. Sin embargo, las autoridades del municipio no estipulan ninguna medida de protección animal durante esta jornada”, señala el documento.