Por el delito de inasistencia alimentaria, uniformados del Nuevo Modelo del Servicio de Policía, capturaron a un hombre de 47 años de edad, en la vía que de esta subregión costanera conduce al municipio de Lorica.
El sujeto, natural de la ciudad de Barranquilla, estaba siendo requerido por el Juzgado cuarto penal municipal de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bucaramanga. Luego de ser capturado, fue dejado a disposición de la autoridad competente para su judicialización.
Es importante mencionar, que el artículo 233 del Código Penal colombiano señala «el que se sustraiga sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante, adoptivo, cónyuge o compañero o compañera permanente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La pena será de prisión de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses y multa de veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor. Lea más: https://leyes.co/codigo_penal/233.htm
En lo que va corrido del presenta año, el Departamento de Policía Córdoba ha logrado capturar a 2.003 personas, 311 de ellas, por orden judicial.